jueves, 4 de diciembre de 2014

Alcaldía de Buenaventura implementa medidas para temporada decembrina

  • Las personas que incumplan la norma serán sancionadas de acuerdo a la Ley
Buenaventura D.E., Valle del Cauca   . -   Con el propósito de garantizar que las fiestas de fin de año se desarrollen en plena paz y armonía, evitar que haya quemados con pólvora, garantizar la movilidad en las calles, motivar a los transportadores del servicio público con prima navideña y regular el horario de los centros nocturno, la Alcaldía Distrital de Buenaventura dictó una serie de medidas.
 
La primera de ella está contemplada en el Decreto 481 de noviembre 22 de 2014 que indica: “Autorizar la compra, el transporte, el uso, distribución, y venta de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales con las debidas condiciones  de seguridad establecidas en la ley, de conformidad con la certificación del Comandante del Meritorio Cuerpo de Bomberos Voluntarios, a personas mayores de edad, reconocida idoneidad, y solo para ser expedida los días autorizados en los lugares y horarios establecidos en éste Decreto”.
Los sitios autorizados para la venta de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales en la Isla son los siguientes: En el andén de la Institución Educativa San Rafael, por la calle Sexta bajada a San Andresito; San Andresito en la parte media y baja; en la Plazoleta del Colegio Pascual de Andagoya; Baja de la Calle El Naranjito, en frente del supermercado Merca Mar; Calle Sor Vásquez. En el sector continental está barrio el Kennedy, (andén Café el Faro); Plazoleta de Juan XXIII, andén de la iglesia Cristo Redentor del barrio el Bolívar y la Independencia frente al IDEMA, entre otros.
Por su parte el Decreto 482 del 28 de noviembre del 2014 ordena la reorganización de los comerciantes formales e informales, en las diferentes zonas dedicadas a esta actividad, de tal forma, que se pueda garantizar la movilidad peatonal y vehicular. Así mismo el Decreto 488 de 2014 autoriza un incremento temporal de la actual tarifa de transporte público colectivo e individual en la suma de cien pesos por pasajero durante el período comprendido del 01 de diciembre del 2014 hasta el 16 de enero del 2015.

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