Palmira avanza en vivienda gratuita gracias a la gestión del Alcalde Ritter López ante el Gobierno Nacional. |
Palmira, Valle del Cauca . - Gracias
a la gestión del Alcalde Ritter López ante el Gobierno Nacional, Palmira es uno
de los Municipios beneficiados con vivienda gratuita. Por este motivo a través
de la Secretaría de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, a cargo de
Wendy Armenta, recibió la Resolución 110, de marzo 12 de 2013, emitida por el
Fondo Nacional de Vivienda, con la apertura de la convocatoria para la
postulación de hogares del Municipio de Palmira al subsidio familiar de
vivienda en especie en el marco del Programa de Viviendas Gratuitas. La
funcionaria informó que para verificar si es potencial beneficiario, debe
digitar el número de cédula en la página web www.palmiraavanza.com o acercarse
a los puntos de atención ubicados en la Plazoleta del Edificio CAMP y en la Casa
de Justicia.
La convocatoria para viviendas
gratuitas será operada por las Cajas de Compensación de Comfandi y Comfenalco
hasta el 27 de marzo de 2013. Quien sea potencial beneficiario de acuerdo con
la información recibida al consultar la página web del Municipio, que indica
fecha y hora, deberá acercarse al Coliseo de Ferias Álvaro Domínguez Vallecilla
con los siguientes documentos:
1.- Fotocopia legible de la
cedula de ciudadanía de los mayores de edad.
2.- Fotocopia del registro civil
de nacimiento de los menores de edad que conformen el hogar.
3.- Fotocopia de registro de
matrimonio o prueba de unión marital de hecho de conformidad con el Artículo 2
de la Ley 979 de 2005.
4.- Certificado médico que
acredite la discapacidad física o mental de alguno de miembros del hogar,
expedido por la autoridad competente cuando fuere el caso.
5.- Si el hogar fue beneficiario
de un subsidio familiar de vivienda otorgado por una entidad del sistema
nacional de vivienda de interés social de conformidad con lo previsto en el
parágrafo 4 del artículo 28 de la ley 1469 de 2011 y no lo ha aplicado, debe
adjuntar copia del documento que acredita la asignación de recurso.
6.- Si perdió la vivienda por
imposibilidad de pago, certificado de la entidad financiera en donde conste la
perdida de la vivienda por imposibilidad de pago.
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