Páginas Internas

jueves, 5 de junio de 2008

SEIS MUNICIPIOS DEL VALLE INCUMPLEN LA LEY 617.

Seis municipios del Valle están incumpliendo con la Ley 617 de Ajuste Fiscal según informes entregados por las propias municipalidades a la Secretaría de Planeación Departamental.


SANTIAGO DE CALI . - Dando cumplimiento al artículo 1º del Decreto 4515 de Noviembre 23 del 2007, reglamentario de la Ley 617 de 2000, la Subsecretaria de Asesoría y Asistencia a la Gestión Municipal de la Secretaria de Planeación Departamental, presentó dentro de los términos de ley, y a consideración del señor Gobernador y de la Honorable Asamblea Departamental el informe de la situación financiera de los municipios del departamento del Valle del Cauca al cierre de la vigencia fiscal 2007.

El informe contiene un detallado análisis sobre aquellas municipalidades que incumplieron con los límites de gasto establecidos en los artículos 6 y 10 de la Ley 617 de 2000.

Teniendo en cuenta el artículo 3 del decreto 4515 de 2007, los municipios señalados por dicho incumplimiento, deberán de manera obligatoria durante el año 2008, estructurar de manera autónoma un programa de saneamiento fiscal y financiero con el objetivo de dar cumplimiento a los artículos 6 y 10 de la Ley 617 de 2000. Si al cierre de la vigencia del 2008 y después de haber implementado las acciones necesarias o un programa de saneamiento fiscal y financiero, según sea el caso, no cumple el municipio con los límites mencionados, las Asamblea departamental ordenara al correspondiente municipio la adopción de un programa de saneamiento fiscal y financiero con el mismo objetivo y cuya duración no podrá ser superior a dos vigencias fiscales.

En consecuencia, se espera que el informe, más que un documento de evaluación se constituya en el insumo básico que posibilite orientar el mejoramiento de la situación fiscal y financiera de aquellos entidades que aun no se han ajustado a los parámetros definidos en la Ley 617 de 2000 o que a pesar de estar cumpliendo con los requerimientos de Ley, su situación financiera no es optima.

El informe se realizó con base en las ejecuciones presupuestales de la vigencia 2007 y se incorporaron al análisis las ejecuciones presupuestales de los años 2004, 2005 y 2006, reportadas por los municipios a la Secretaria de Planeación Departamental, con el propósito de analizar el comportamiento de los indicadores financieros durante el periodo de gobierno que finalizo.

El reporte de la información, por parte de los municipios, se efectuó en los aplicativos del sistema de captura de ejecuciones presupuestales SICEP 801, elaborada por el Departamento Nacional de Planeación - DNP, y en la plantilla de viabilidad fiscal elaborada por la Secretaria de Planeación del Valle del Cauca y el DNP. Dicha documentación se encuentra con las firmas de los respectivos Alcaldes y demás miembros del equipo financiero y económico de cada uno de los municipios, a demás, se tiene la certificación de cumplimiento de los límites del cierre presupuestal del año 2007 expedida por el Alcalde.

Los indicadores de límites de gastos para la administración central y los órganos de control determinados por los artículos 6 y 10 de la Ley 617 de 2000, fueron calculados para todos los municipios del departamento; por su parte, el análisis financiero, tal como lo exige el artículo 19 de la citada Ley y las directrices impartidas por el Departamento Nacional de Planeación, se realizo para los entes territoriales que superaron los límites establecidos por Ley.

Para el caso concreto del Valle del cauca, únicamente se presentarán los análisis financieros de los municipios de Cartago, Alcalá, Pradera, Cali, Jamundí, y Sevilla por haber incumplido, durante el 2007, con los límites establecidos en la citada norma. El incumplimiento en Cartago se debió a que sus gastos de funcionamiento superaron en un 107.7% al total de los ingresos, es decir el municipio estuvo 27.7 puntos porcentuales por encima de lo autorizado por la norma, lo que en cifras valorativas corresponde a $ 2.484,7 millones. Mientras tanto; Alcalá con $ 295.000, Pradera con $ 585.000, y Cali con $ 591,9 millones desbordaron sus transferencias con destino a los gastos de sus respectivas Personerías Municipales. De idéntica manera y superando el tope máximo para gastos del Concejo Municipal, Sevilla con $ 3.433.000 y Jamundí con $ 3.475.000, hicieron lo propio.

Comentario aparte merece la nota inserta en la Certificación expedida por el señor Alcalde de Palmira, haciendo referencia a un posible incumplimiento en la gestión de seguimiento a los gastos de la Personería. Es menester aclarar y precisar que la Secretaria de Planeación Departamental, transcribe unas cifras que son fiel reflejo de la información suministrada por las municipalidades, las cuales analizamos en cuanto a Ingresos y gastos, tanto de la administración como de los órganos de control, pero somos totalmente ajenos al suministro de información que no concuerde con la realidad financiera en cualquiera de los municipios.

En ese orden de ideas, el documento que presentamos consta de 5 partes:
La primera da a conocer los aspectos metodológicos. La segunda analiza el cumplimiento de los límites establecidos en la Ley para los 42 municipios. La tercera plantea un análisis general de los indicadores financieros de los 42 municipios. La cuarta ausculta el análisis financiero de los municipios que en el año de 2007 incumplieron con los límites de gastos de la Ley 617 de 2000. Y por ultimo, al término del análisis de cada uno de los municipios, se platean conclusiones y recomendaciones

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Muchas gracias por su opinion